miércoles, 26 de agosto de 2009

220º Aniversario de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano


“Toda sociedad en la cual no esté establecida la garantía de los derechos, ni determinada la separación de los poderes, carece de Constitución.”
Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano

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El 26 de agosto de hace 220 años, la Asamblea Nacional francesa dio un paso adelante para el mundo aprobando la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. En ella se recogieron los derechos y las libertades fundamentales además de los principios básicos que pusieron los pilares para la construcción del estado de derecho contemporáneo. Su influencia en el mundo occidental, especialmente en la europa continental, ha sido enorme. Por supuesto que esta declaración no fue la primera. La precursora fue la famosa Bill of Rights inglesa de 1689 que sellaba el destino de Gran Bretaña a Guillermo de Orange frente al rey Jacobo (destronado por ser católico) que fue despojado de su trono por el parlamento en la Revolución Gloriosa. Ya más próxima en el tiempo, la Declaración de Derechos de Virginia había sido aprobada en 1776 y fue fuente importante de inspiración para M. La Fayette en la redacción de su hermana francesa. La importancia de la declaración que conmemoramos hoy estriba en que mientras las dos precursoras anglosajonas se habían circunscrito a sus respectivos contextos políticos, la Declaración de 1789 fue aprobada con una clara vocación de universalidad, enumerando sus principios como válidos para todos los países del globo.

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Las circunstancias en las que fue aprobada la Declaración, después de una conspiración contrarrevolucionaria en Versalles para disolver a la Asamblea Nacional, hace que Thomas Paine se refiera al asunto en estos términos:

“Merece la pena relatar que la Asamblea Nacional no persiguió a aquellos conspiradores fugitivos [que huyeron al conocer la toma de la Bastilla], no les hizo ningún caso, ni trató de tomar represalias en forma alguna. Ocupada en establecer una constitución fundada en los Derechos del Hombre y en la Autoridad del Pueblo, la única autoridad conforme a la cual tiene un gobierno derecho a existir en cualquier país, la Asamblea Nacional no sentía ninguna de esas pasiones mezquinas que caracterizan a los gobiernos impertinentes, fundados en su propia autoridad o en el absurdo de la sucesión hereditaria.”
Thomas Paine: Los Derechos del Hombre

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